domingo, 25 de mayo de 2014

XOOWMAGAZINE37 P247 #xoowopinion CARTAS DE ÁLVARO

Cartas de Álvaro

Señor Director,
Hace unas semanas, el Diario de Soria se hacía eco de una sentencia –ya recurrida– en la que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo asegura que mi domicilio en la finca “Garrejo” no es mi domicilio. Se basa en que ya tengo un domicilio en Navarra, olvidando que se puede tener varios domicilios. Argumenta también que mi domicilio “carece del mínimo equipamiento para ser considerado domicilio”, pasando por alto que el “equipamiento” no determina jamás los conceptos de intimidad; domicilio y morada. Esto sin contar que nunca han venido del juzgado a mirar el “equipamiento” de mi casa para poderlo conocer... Parece obvio que no han reparado en las personas acostumbradas a vivir en tiendas de campaña o a la deriva en alta mar..., ni se han fijado en la jurisprudencia donde en diferentes sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, una choza; una cueva; una caseta; una tienda de campaña; o un jardín circundante a un chalet son considerados domicilio. Donde morada es cualquier lugar, cualquiera que sea su condición y característica, donde vive una persona o una familia, de manera estable o transitoria. Además, en la sentencia se transcribe (¿comprobando su veracidad?) la afirmación calumniosa que viene repitiendo la alcaldesa de Garray: “el Sr. Marichalar pretende un trato de favor respecto al resto de vecinos”. Digo yo que lo primero es preguntar a la alcaldesa en qué documento o prueba basa su peregrina afirmación; dándose cuenta que una manifestación de ese calibre –y proferida por un administrador público–, produce un daño seguro; injusto e irreparable. Para colmo, el juzgado obvia la gravísima circunstancia que supone basar la inspección realizada en mi morada en que “se tuvo conocimiento que se estaban realizando unas obras” ¿Quien informó; a quién y qué...? ¿Vivimos en un Estado de Derecho, o en un estado de “anónima información”? Consuela que el TSJ haya sentenciado recientemente que no se puede entrar en la finca “Garrejo” sin permiso.
Álvaro de Marichalar y Sáenz de Tejada